Proyecto Frente Amplio: Dotar de herramientas al Servicio Fitosanitario para el control de plagas.

Proyecto Frente Amplio: Dotar de herramientas al Servicio Fitosanitario para el control de plagas.

Proyecto Frente Amplio: Dotar de herramientas al Servicio Fitosanitario para el control de plagas.

Expediente 20084.

En varias regiones del país como Río Cuarto de Grecia, Los Chiles, Upala y Guatuso, nos hemos encontrado con personas ganaderas realmente desesperadas. Se ha desatado una plaga de mosca, debido a los aparentes malos manejos de los rastrojos de la piña, que tiene en crisis a estas personas. Las moscas atacan al ganado y afectan su salud gravemente e incluso llevándolo hasta la muerte, por ello, es lógico que la producción disminuya y las pérdidas económicas no se hacen esperar.

Las regiones ya de por sí más deprimidas socioeconómicamente, ahora tienen que enfrentar un obstáculo más. Tras darle seguimiento al tema, detectamos que la Ley de Protección Fitosanitaria que es la que regula el manejo de los rastrojos no cuenta con sanciones de tipo administrativo. Por ello, surge esta iniciativa de ley para dotar, por una parte al Servicio Fitosanitario de herramientas sancionatorias en sede administrativa y, por otra parte, para que con el establecimiento de multas se desestimule el mal manejo de los residuos de la piña.

El proyecto de ley tiene objetivo como generar las herramientas necesarias para que el Servicio Fitosanitario Del Estado  pueda ejercer un control de plagas más efectivo. En ese sentido, establece la posibilidad de negar o retirar el certificado cuando se hayan violado las disposiciones fitosanitarias de conservación y seguridad, los reglamentos y las medidas técnicas exigidas por el Servicio Fitosanitario del Estado.

Además, crea sanciones de prisión de uno y hasta tres años a quien ocasione daños a la agricultura, el ambiente, la salud humana o animal, como consecuencia de la infracción de las disipaciones de la ley. También brinda la posibilidad de sancionar administrativamente a quien infrinja los acuerdos internacionales en la materia, la ley, sus reglamentos o las medidas ordenadas por las Autoridades Fitosanitarias y faculta a dichas autoridades  para denunciar a las personas físicas o jurídicas que incurran en las faltas administrativas.

 Por último, se incluye un nuevo título en la ley, dedicado a las sanciones administrativas,  las infracciones, así como los criterios para la aplicación de las sanciones y  los aumentos de estas.

Equipo Comunicación

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