Fraude de simulación no tendrá pena menor si se comete en el marco de una relación de pareja
- Proyecto del Frente Amplio viene a corregir una injusticia porque se penaba con una sanción menor el fraude de simulación cuando se daba en el marco de una relación de pareja.
El fraude de simulación consiste en que, ante una separación en una relación, una parte traslada sus bienes simulando venta u otro para que la otra parte no tenga derecho a reclamar su parte en esos bienes.
Esta tarde el plenario legislativo aprobó el primer debate el proyecto que reforma al Artículo 37 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres. El objetivo de la reforma es equiparar la pena que se establece para el delito de fraude por simulación sobre bienes suceptibles de ser gananciales en perjuicio de las mujeres con la pena establecida al delito en otros ámbitos, según el Código Penal.
El fraude de simulación está penalizado con 10 años, pero desde el año 2007 cuando entró en vigencia la Ley que penaliza la violencia contra las mujeres, quedó establecido que si este delito se comete en el marco de una relación de pareja, la pena era sólo de 3 años. “No sabemos por qué esto quedó así, pero establecía una discriminación odiosa contra las mujeres, pues el fraude en estas circunstancias es una forma de violencia patrimonial. Había que subsanar este error”, señaló el jefe de Fracción Frenteamplista, diputado Edgardo Araya Sibaja.
Con la reforma aprobada, la pena deja de establecerse en 8 meses, para pasar a ser de 2 meses a 3 años si el monto defraudado no excede 10 veces el salario base y de 6 a 10 años si excede los 10 salarios base.
El fraude de simulación en el marco de las relaciones de pareja se utiliza para esconder bienes gananciales o que puedan contabilizarse en el cálculo de pensiones alimenticias.
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Jefatura de Prensa y Comunicación
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